Obtienen registro 441 cabilderos en la Cámara de Diputados

México, 30 Oct (Notimex).- La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados informó en la Gaceta Parlamentaria que 212 personas físicas y 229 morales entregaron todos los requisitos del Reglamento de esa Cámara y de la convocatoria para su registro como cabilderos durante la LXIII Legislatura, por lo que se procede a su acreditación.

El documento, suscrito por la secretaria de la Mesa Directiva, Verónica Delgadillo García, designada para integrar y actualizar el padrón, indicó que se recibieron 449 solicitudes en total, 214 corresponden a personas físicas y 235 a morales.

Explicó que hay 38 solicitudes de personas físicas que deberán acudir ante ese órgano de la Cámara de Diputados, a ampliar su información y el tipo de representación que tendrán ante ese Poder Legislativo y, aclarado esto, procederá su registro al padrón de cabilderos.

Hizo notar que cinco solicitudes que corresponden a dependencias gubernamentales, universidades autónomas y un municipio fueron canceladas, con fundamento en lo establecido por el tercer párrafo del Artículo 264 del Reglamento interno de la Cámara de Diputados.

En el Anexo I del documento está el listado de las personas físicas y morales que cumplieron con los requisitos establecidos por el Reglamento.

Además, el acuerdo de la Mesa Directiva del 7 de octubre pasado, donde se establecieron las normas generales sobre el procedimiento para el registro de cabilderos y las actividades a desarrollar por éstos en el Palacio Legislativo de San Lázaro, durante la LXIII Legislatura.

El Anexo II contiene el listado de solicitudes de aquellas personas físicas y morales que tendrán que corroborar su información presentada, así como ampliar sus intenciones sobre las actividades que desean llevar a cabo ante la Cámara de Diputados. Cubierto este requisito se podrá proceder a su registro al padrón de cabilderos.

En tanto, el Anexo III prevé el listado de personas a quienes se les rechazó su solicitud de registro, con fundamento en al tercer párrafo del Artículo 264 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Según el acuerdo de la Mesa Directiva, los interesados acudieron del lunes 12 al viernes 16 de este mes a inscribirse, siendo este viernes 30 de octubre la fecha para dar respuesta a las solicitudes recibidas en tiempo y forma, y que hayan sido aceptadas para conformar el padrón.

El Reglamento de la Cámara de Diputados contiene un capítulo “Del Cabildeo”, establecido de los artículos 261 al 268 que corresponden.

En su Artículo 263 se le define como “toda la actividad que se haga ante cualquier diputado, diputada, órgano o autoridad de la Cámara, en lo individual o en conjunto, para obtener una resolución o acuerdo favorable a los intereses propios de quien la realiza o de terceros”.

El Artículo 264 del mismo Reglamento establece que todo individuo que pretenda realizar cabildeo por más de una vez en la Cámara de Diputados, deberá inscribirse al inicio de cada legislatura en un registro que elaborará la Mesa Directiva.

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