Cómo funciona el Nuevo Sistema Penal Acusatorio

Nuevo Sistema Penal Acusatorio

El Nuevo Sistema Penal Acusatorio se aprobó en 2008 con el fin de cambiar la forma en que llevan a cabo los procesos legales instancias como el Ministerio Público o funcionarios como policías, jueces y defensores.

Las entidades del país tienen hasta 2016 para cumplir con las nuevas normas del sistema. Hasta el momento tan solo Durango, el Estado de México, Morelos, Nuevo León, Baja California, Guanajuato, San Luis Potosí, Puebla, Tabasco, Tamulipas y Yucatán habían adoptado este nuevo sistema pero el pasado 29 de noviembre, otras siete entidades se sumaron. Éstas fueron Chihuahua, Tlaxcala, Chiapas, Oaxaca, Coahuila, Sinaloa y Nayarit.

¿Cómo funciona el Nuevo Sistema Penal Acusatorio?

  • Las funciones de acusación (Ministerio Público) y enjuciamiento (Juez) están totalmente separada.
  • El Ministerio público y la defensa del acusado tendrán que aportar alegatos, pruebas y debatir en forma directa y verbal frente al juez.
  • Las actuaciones del Ministerio Público una vez que ejerce acción penal son públicas. El juicio es público con mínimas excepciones para protección de víctimas y testigos cuando sea necesario.
  • El juez preside todo el juicio y recibe la declaración de la persona inculpada y de los testigos directamente (sin intermediarios).
  • La prisión preventiva y otras medidas cautelares son utilizadas solamente cuando sean estrictamente necesarias para asegurar la presencia de la persona acusada y la protección de testigos y víctimas.
  • Presunción de inocencia. “Toda persona es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad”.
  • Las pruebas obtenidas por el Ministerio Público deben ser validadas ante el juez y pueden ser confrontadas por la defensa. Existe la igualdad de recursos entre la defensa y la acusación.
  • La audiencia de juicio oral que es en sí el juicio frente al juez, se realiza de forma continua, pudiendo hacerse en diferentes sesiones, pero sin que el juez atienda otro juicio. Por tanto será breve.
  • Se crea la figura del Juez de Garantías que supervisa que las actuaciones del Ministerio Público no violen los derechos humanos de las personas acusadas y de las víctimas.
  • Se crean formas alternativas de resolver los asuntos, facilitando la reparación del daño y que las partes se sientan satisfechas con la solución.

 

 

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