Tribunal Electoral difunde causales de nulidad de consulta ciudadana

México, 14 Sep (Notimex).- El Tribunal Electoral del Distrito Federal dio a conocer la aprobación del acuerdo que establece las causales de nulidad, aplicables en el uso del sistema por Internet, para recabar las opiniones en la consulta ciudadana sobre presupuesto participativo 2016.

El documento publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se refiere a la consulta ciudadana que se realizará los primeros días de noviembre de 2015 en las colonias y los pueblos originarios en que se divide la entidad y en la que se podrá participar de dos formas: mediante Internet o en las mesas receptoras de opinión.

El pleno del tribunal aprobó el 27 de agosto el acuerdo que establece las causales de nulidad aplicables en el uso del sistema electrónico por Internet, como una modalidad adicional para recabar las opiniones en la consulta ciudadana sobre presupuesto participativo 2016 por vía remota y mediante la instalación de módulos de opinión.

En la emisión de la opinión remota, la votación será nula cuando se acrediten objetiva y materialmente irregularidades graves, no reparables durante la jornada electiva o en la validación de los resultados, que pongan en peligro el procedimiento y que sus efectos se reflejen en los resultados de la consulta.

En cuanto a la emisión y recepción de opiniones por Internet pero vertidas en los módulos de opinión, la consulta será nula cuando se acrediten circunstancias que afecten las garantías del procedimiento y/o de los criterios orientadores establecidos para tales efectos para la emisión libre, secreta, directa y universal de las opiniones o consulta.

También por violación directa a las características con que debe emitirse el sufragio, como al instalar el Módulo de Opinión en lugar y plazo distintos a los señalados, sin causa justificada; que personas no facultadas para ello reciban las opiniones; que se dé algún error en la computación y esto sea determinante para el resultado.

Además de permitir la participación mediante este sistema a alguien que no tenga derecho o que se impida a quien lo tenga, así como ejercer violencia física o presión sobre las personas designadas para la atención de los módulos de opinión o sobre los electores, siempre que esos hechos sean determinantes para el resultado de la consulta.

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