Comisión de Competencia acatará fallo en favor de Pemex

* Aclara que resolución no limita ejercicio de sus facultades

México, 25 Ene (Notimex).- La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) indicó que acatará el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que deja sin efectos la resolución emitida por la extinta Comisión Federal de Competencia (CFC).

Sin embargo, aclaró que esto no limita, ni condiciona, el ejercicio de sus facultades en el mercado de las gasolinas en el país.

El organismo regulador expuso que transitar de un modelo monopólico de combustibles a uno abierto y competido no será fácil, exige trabajar en múltiples frentes para detonar nuevas inversiones, generar infraestructura y hacer realidad la participación de agentes económicos, distintos de Pemex, en toda la cadena productiva.

Por lo que la posibilidad de adquirir el producto en las instalaciones de la empresa productiva del Estado y trasladarlo libremente a las estaciones de servicio o centros de distribución, en función de las necesidades de cada comprador, será fundamental para garantizar precios competitivos en el mercado de venta al público, argumenta.

Esto después de que la SCJN resolvió que el traslado de combustibles de las Terminales de Almacenamiento y Reparto (TAR) a las estaciones de servicio, constituía un área estratégica reservada a la nación, conforme al marco jurídico que prevalecía antes de la reforma energética, por lo que decidió dejar sin validez las sanciones.

Y es que, en su momento, la desaparecida CFC había acreditado que Pemex condicionaba la venta de gasolinas y diésel a la contratación de los servicios de traslado de esos mismos combustibles, desde las TAR a las estaciones de servicio, con autotanques y equipos operados por el personal sindicalizado de la entonces paraestatal e impuso en agosto de 2013 sanciones por 653.2 millones de pesos.

Mientras que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) ordenó a la petrolera desde octubre pasado dejar sin vigencia los contratos de suministro que tiene firmados con las estaciones de servicio del país y sustituirlos por nuevos contratos autorizados de venta de primera mano o comercialización

La Cofece señala que la CRE habrá de completar el proceso mencionado y de verificar el cumplimiento de la regulación correspondiente, lo que implica hacer valer la obligación impuesta a Pemex de permitir el acceso a sus instalaciones y no otorgar trato discriminatorio en función de perfiles diferentes de adquirentes.

“Si Pemex requiere de protocolos y procedimientos de seguridad para que los permisionarios de transporte en modalidad de autotanque y semirremolque accedan a sus refinerías o TAR a recoger el producto que adquirieron, debiera emitirlos a la brevedad, para que la CRE los apruebe y puedan publicitarse”.

Sin embargo, continúa, la Cofece estará atenta y, en su caso, iniciará las investigaciones que correspondan ante la existencia de indicios que hagan suponer la realización de prácticas monopólicas relativas, incluyendo ventas atadas, negativa de trato, discriminación entre compradores o la denegación, restricción de acceso o acceso discriminatorio de un insumo.

Asimismo, expuso que el fallo de la Suprema Corte, al haber resuelto sobre un régimen abrogado, no limita ni condiciona el ejercicio de sus facultades en el mercado de las gasolinas en el país.

La Segunda Sala de la SCJN amparó a Pemex contra la sanción por prácticas anticompetitivas que le impuso la desaparecida CFC, hechos y actos atribuidos a dicha empresa en 2010, antes de aprobarse la reforma energética.

Los ministros señalaron que las conductas por las que Pemex fue multada consistentes en el transporte de gasolina y diésel hacia las gasolineras (venta atada), constituyen actividades que en ese momento formaban parte de un monopolio constitucional autorizado, por lo que no eran sancionables por el organismo regulador.

La Sala determinó que Pemex era entonces un monopolio constitucional y por tanto el único facultado para la exploración, explotación, refinación, almacenamiento, distribución, venta y transporte en dicha área estratégica.

Dichas disposiciones se modificaron con la reforma energética de 2013, a partir de la cual Pemex se convirtió en una “empresa productiva del Estado”, lo que implica que ya no es monopólica en ciertos sectores, como el de transporte de combustibles, entre otros, expuso la autoridad.

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