¿Cuánto puedo retirar de mi Afore por matrimonio?

Saber cuánto puedo retirar de mi Afore por matrimonio es clave si estás dado de alta en el IMSS y decidiste casarte por lo civil. Este apoyo económico está disponible para quienes cumplen con ciertos requisitos y se otorga sin afectar las semanas cotizadas ni los recursos destinados al retiro.

Entender cuánto me toca de ayuda por matrimonio, es clave para quienes están por solicitar dicho beneficio. El monto que se otorga depende de la UMA vigente, y existen reglas claras sobre cuándo puede solicitarse y qué requisitos deben cumplirse.

Cuánto puedo retirar de mi Afore por matrimonio y qué implica este retiro

El retiro por matrimonio permite al trabajador disponer de un monto equivalente a 30 días de UMA, vigente al momento en que se solicita el apoyo. En 2025, la UMA diaria es de $113.14 pesos, por lo tanto, la ayuda que se puede recibir asciende aproximadamente a $3,394.20 pesos.

Este retiro es un beneficio que no afecta los ahorros acumulados para el retiro ni reduce las semanas cotizadas ante el IMSS. La cantidad entregada proviene de la cuota social aportada por el Gobierno Federal a la subcuenta de retiro. De ahí que su uso no interfiera con los recursos acumulados en las subcuentas de cesantía y vejez.

Cabe mencionar que sólo se puede ejercer una vez durante la vida laboral y debe hacerse posterior a la celebración del matrimonio civil. No es válido si ya se ejerció este derecho anteriormente.

Requisitos para hacer válido el beneficio

Para poder solicitar este retiro parcial por matrimonio, es indispensable cumplir con algunos criterios que establece la Ley del Seguro Social. Uno de los principales es haber acumulado al menos 150 semanas de cotización ante el IMSS. Este requisito garantiza que el trabajador ha tenido una trayectoria laboral formal y ha contribuido activamente al sistema.

Además, se debe contar con el expediente de identificación del trabajador actualizado. Este expediente incluye datos biométricos y documentos oficiales que sirven para validar la identidad del solicitante. En caso de que el expediente no esté vigente, será necesario acudir previamente a tu Afore para completarlo o actualizarlo.

Otro requisito importante es no haber solicitado previamente este beneficio. Si ambos cónyuges cumplen con las condiciones, cada uno puede realizar su propio retiro sin que interfiera con el del otro.

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Documentos obligatorios que debes tener

Aunque puede parecer un trámite sencillo, la solicitud requiere una serie de documentos que deben presentarse en formato físico o digital, dependiendo del canal por el cual se tramite. Estos son los más importantes:

  • Acta de matrimonio civil. Debe ser reciente y estar debidamente registrada.
  • Identificación oficial vigente. Generalmente el INE, pasaporte o cédula profesional.
  • Estado de cuenta bancario con CLABE. Debe estar a nombre del solicitante para que el depósito se realice correctamente.
  • Pre-solicitud del trámite. Se genera en el portal e-SAR y es obligatoria para iniciar el proceso.

Tener todos los documentos listos permite agilizar el trámite y evitar rechazos por falta de requisitos. Es recomendable revisar que los datos personales coincidan exactamente entre los documentos para evitar contratiempos.

¿Dónde se hace el trámite y cuánto tarda?

El trámite puede iniciarse en una sucursal física de la Afore a la que esté afiliado el trabajador, o bien a través de su aplicación móvil si esta lo permite. Algunas administradoras ya cuentan con plataformas digitales que permiten subir documentos y dar seguimiento al trámite de forma remota.

Una vez entregada la documentación completa, la Afore tiene hasta cinco días hábiles para realizar el depósito en la cuenta bancaria proporcionada. En muchos casos, si todo está en orden, el dinero puede verse reflejado incluso antes de ese plazo.

También es útil saber que el trámite es completamente gratuito. Si alguien llegara a pedir algún tipo de comisión o pago por hacer el proceso, es motivo para reportarlo directamente a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR).

Situaciones comunes que podrían impedir el retiro

Hay escenarios en los que, aunque el trabajador cumpla con las semanas cotizadas, el retiro podría no proceder. Uno de los casos más frecuentes es no haber actualizado el expediente del trabajador. La Afore lo requiere como parte de las políticas de identificación segura.

Otro caso común es no estar vigente como asegurado en el IMSS al momento de contraer matrimonio. En ese caso, el beneficio solo aplica si el matrimonio se celebró dentro de los 90 días hábiles posteriores a la baja laboral. Superado ese plazo, el derecho al retiro por matrimonio se pierde.

También podría negarse si el sistema detecta que el trabajador ya ejerció este derecho en el pasado, aunque haya sido hace muchos años o con otra pareja. Como ya se explicó, este retiro solo puede solicitarse una vez en la vida laboral.

Consejos para hacer el trámite sin contratiempos

Una buena práctica es revisar directamente con la Afore si hay algún documento adicional que soliciten de forma interna. Aunque la ley establece requisitos mínimos, algunas administradoras pueden pedir formatos complementarios o validar datos de forma específica.

También es recomendable revisar con anticipación si la cuenta bancaria tiene el estatus de “cuenta activa” y no presenta bloqueos. De esta manera se evita que el depósito sea rechazado o se retrase por errores en la CLABE interbancaria.

Por último, si se quiere tener control total del proceso, algunas Afores ofrecen seguimiento por correo electrónico o mensaje SMS para avisar sobre el estatus del trámite. Esta es una herramienta útil para saber si fue aprobado, si falta algún documento o si ya se realizó el depósito.

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El retiro por matrimonio es un derecho que otorga el sistema de seguridad social y permite a los trabajadores recibir un apoyo económico sin afectar su ahorro para el retiro. Saber cuánto puedo retirar de mi Afore por matrimonio y cumplir con los requisitos necesarios puede representar un alivio para cubrir algunos gastos sin comprometer las semanas cotizadas ni el capital acumulado.